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La Asociación Española de Abogados Urbanistas muestra su apoyo a los ayuntamientos en su lucha contra los grafiteros.
Así lo ha manifestado D. JOSE MARIA GARCIA GUTIERREZ, Presidente de la Asociación, que muestra su total apoyo a los Ayuntamientos que actualmente están regulando en sus Ordenanzas sanciones contra los grafiteros y quienes realizan pintadas en la vía pública.
lunes, 08 de junio de 2009

J.Mª GARCÍA GUTIÉRREZ
Así lo ha  manifestado  D. JOSE MARIA GARCIA GUTIERREZ, Presidente de la Asociación,  que muestra su total apoyo a los Ayuntamientos que actualmente están regulando en sus Ordenanzas sanciones contra los grafiteros y quienes realizan pintadas en la vía pública.

 

La Asociación presta su apoyo a Ayuntamientos como Madrid capital, Tres Cantos, San Sebastián de los Reyes, Coslada, Boadilla del Monte Ayuntamiento de Zaragoza, de  Guadalajara, de la Laguna, de Badalona…

y  así otros muchos  Municipios del resto de la geografía española.

 

El Presidente indica,  que hay que luchar contra aquellos que ensucian  las fachadas, muchos de ellos de edificios antiguos, de gran valor histórico-artístico, estatuas,  cerramientos de viviendas, fachadas de locales comerciales,  parques  y demás  elementos urbanos.

 

No podemos confundir el arte con las pintadas, indica  García Gutiérrez,  puesto que lo que vemos diariamente y que afea a tantos  pueblos y ciudades de nuestro entorno, son  mas bien actos vandálicos y además cada año causan un enorme gasto en los presupuestos de los respectivos Ayuntamientos para llevar a cabo la limpieza de las mismas. 

 

Por ello los Ayuntamientos van adoptando medidas sancionadoras cada vez mas duras como una forma de luchar contra esta moda de una minoría y cuyas consecuencias la sufrimos la inmensa mayoría.

 

Hay Comunidades Autónomas como la de Madrid, sensibilizados con este grave problema  que legislan  y regulan  cada vez más estas actuaciones para castigar a los infractores  y permiten a su vez a sus respectivos Ayuntamientos  iniciar, instruir y resolver los procedimientos sancionadores y de reparación e indemnización de los daños causados.

 

Así lo ha recogido Dª Esperanza Aguirre en la última Ley aprobada, la   Ley 3/2007 de 26 de julio de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, donde dedica la mayor parte  del Capitulo III de la misma a regular la prohibición de graffitis y pintadas en la vía pública, imponiendo a su vez importantes sanciones a los infractores según la gravedad del acto.

 

La nueva normativa en el art. 20 deja claro la prohibición de estas actuaciones al recoger en la misma lo siguiente:

 

“ Con el  fin de proteger el paisaje urbano y evitar la degradación arquitectónica, así como contribuir al embellecimiento de nuestras ciudades,  se prohíbe la realización de graffitis, pintadas en la vía pública, monumentos, estatuas, mobiliario urbano, arbolado, cierres de obras, espacios publicitarios, así como en las fachadas de los edificios y construcciones… “

 

Excepcionalmente  también  permite a  los Ayuntamientos que en determinadas circunstancias pueden ceder espacios públicos para la realización de murales y graffitis de valor artísticos, pero dejando claro que siempre que no perjudiquen al entorno urbano ni a la calidad de vida de los vecinos.

 

La Normativa establece claramente un régimen de importantes sanciones que pueden ser: leves o graves.

 

Siendo las leves  cualquier incumplimiento de lo recogido anteriormente, es decir realizar cualquier pintada o acto  no permitido.

Y las graves la reiteración de 2 o mas infracciones leves en el plazo de 2 años.

Llamando especialmente la atención el importe económico que lleva consigo dichas sanciones, como es la de establecer multas que oscilan entre 300 y 3.000 euros para las leves y de 600 a 6.000 euros para las graves.

 

Evidentemente con estas  sanciones se trata de persuadir a los infractores para que desistan de sus actos, aunque muchos jóvenes y no tan jóvenes vemos que no son conscientes de lo que realizan.

Y no lo son,  por un lado de la importante sanción económica que se les puede aplicar cuando son  sorprendidos in situ, y en segundo lugar y tal vez lo que habría que destacar, y es que la mayoría no son conscientes del daño en sí que están realizando, especialmente cuando lo llevan a cabo en edificios que hay que proteger y que pertenecen al Patrimonio Histórico de la Comunidad.

 

Consciente de este hecho, la Normativa contempla y así lo están siguiendo muchos Ayuntamientos, al permitir  al infractor sustituir la multa con la obligación personal de realizar los trabajos de Limpieza de las mismas pintadas que ellos han realizado y  de otras en la vía pública, para que se conciencien de las consecuencias que acarrea  su actuación.

 

La  Asociación  Española de Abogados Urbanistas,  consciente con este importante problema,  ve positivo las  medidas que se están adoptando  y muestra su total apoyo a los Ayuntamientos que se han decidido a luchar contra esta lacra y quieren con los medios que poseen y con sus respectivas Normativas y Ordenanzas hacer cumplir  la Ley.

 
 

                                ASOCIACION ESPAÑOLA DE ABOGADOS URBANISTAS

                                               C/ Rodríguez San Pedro nº 13 Bis.

                                                            28015 Madrid.     

                                                          Tf: 91593 32 43

                                                         www.aeaurbanistas.com


                                                                                        A.E.A URBANISTAS
   
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