viernes, 25 de marzo de 2011
La Apostilla de la Haya nace el 5 de octubre de 1961, con la firma del correspondiente Convenio en La Haya, Países Bajos. El fin que se perseguía era la creación de un trámite simplificado para la legalización de documentos públicos verificando su autenticidad ante los países firmantes del convenio. En otras palabras: sirve para que un documento sea reconocido en todos los países que hayan firmado el Convenio.
A modo ilustrativo, imaginemos que nuestro cliente, tras terminar sus estudios en Estados Unidos, regresa a España y necesita presentar los correspondientes certificados a un organismo público para cierto trámite. Dicho organismo se exige presentarlos apostillados y traducidos. ¿Qué hacer?.
La Apostilla de la Haya realmente es una certificación de la autenticidad del documento. Por pura lógica, se solicita en el lugar de la expedición del documento. Siguiendo nuestro caso real, como el estudiante cursó los estudios en Estados Unidos, la apostilla se solicita allí. Ya que el documento se presenta en España, la traducción la realiza un traductor jurado reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Veamos algunos aspectos que tenemos que considerar antes de solicitar el apostillado:
1º) Consultaremos la lista de los países firmantes del Convenio. Nuestros compañeros del sector legal advierten que algunos de los convenios bilaterales que forman parte del Convenio en La Haya están suspendidos o, al revés, en fase de aprobación, lo que convendría comprobar antes de empezar las gestiones.
2º) En el momento de solicitar la apostilla, es importante indicar el país donde se va a presentar la documentación ya que, a pesar de la idea inicial del Convenio, la forma de la apostilla no es igual en todos los países; optaremos por la forma aceptada en el país de destino y no de origen del documento.
3º) Tampoco son iguales en los países firmantes del Convenio los trámites necesarios para obtener dicha apostilla.
4º) Quizá el más importante de todos: antes de pedir cualquier documento, deberemos informarnos hasta el más mínimo detalle sobre la forma del documento exigida por el organismo donde se va a presentar. En la mayoría de los casos, no se exige ninguna en particular pero en algunos casos se les detalla a los interesados hasta el color y la forma del sello del traductor jurado, aparte de la forma de unir la traducción al documento original, el sitio exacto de la impresión de la apostilla, etc., etc. Dichas exigencias son responsabilidad exclusiva de los organismos que los plantean.
Si no queremos repetir procesos (y costes), conviene que consulten con su agencia de traducción para que éstos le asesoren.

www.nodusterrae.eu
|