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Que marca el principio de un proceso.
Desde el principio
Matricular bajo bandera de un Estado, un buque extranjero. Proveer a un buque de los documentos que autorizan su bandera.
Declaración expresa del demandante apartándose del procedimiento (desistimiento). O tácita por la abstención en su actividad en el tiempo que establece la LEC
Delito cometido por el funcionario público que sin habérsele admitido la renuncia a su destino, lo abandonó
Delito que comete el que deja de cumplir, pudiendo hacerlo, los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela o matrimonio, de alguna de las formas que previene el precepto.
El abandono injustificado del hogar es causa de separación conyugal
Sin testamento. Procedimiento universal para distribuir los bienes de la persona fallecida sin testamento válido
Retractarse, renegar, a veces públicamente, de una creencia o compromiso que antes se ha profesado o asumido.
Corresponde exclusivamente esta denominación al licenciado en Derecho que ejerce profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos, o el asesoramiento y consejo jurídico.
Letrado que ostenta la representación y defensa de los intereses del Estado. Hoy se denominan Letrados del Estado.
Miembro del Ministerio Fiscal
Patrimonio procedente de antepasados. Ascendencia de abuelos o antepasados. Lugar de donde se es oriundo; nacionalidad, filiación étnica o biológica.
Anular una ley. Derogar un precepto
Documento en virtud del cual se promete el pago de una cantidad cierta
Parto anticipado o prematuro. Es delito en los supuestos no comprendidos en el código civil.
Abolir, dejar sin efecto una disposición legal.
Acción y efecto de absolver.
Declaración judicial en virtud de la cual el demandado queda liberado de lo pedido en demanda.
Absolución provisional del demandado fundada en motivos de forma, que no impide al actor volver a deducir demanda.
Acto de contestar las partes a las preguntas (posiciones) formuladas por la parte contraria, al practicarse la prueba de confesión en juicio.
Acción y efecto de abstenerse.
Terminación del jucio criminal por fallo en que se declara la inocencia del reo
Deslealtad. Agravante en el CP. Causa de despido. Infidelidad consistente en burlar o perjudicar a alguien que, por inexperiencia, afecto, bondad o descuido, le ha dado crédito.
Ejercicio del mismo sobrepasando los límites normales y en perjuicio de tercero
Constituye agravante del CP. Emplear medio que debilite la defensa, que supone una situación de fuerza notoriamente ventajosa para el agente que la elige o aprovecha para la comisión del delito, restando medios de defensa a la víctima.
Delito previsto y penado en el Código Penal.
Agregación de una cosa a otra. Derecho que corresponde al dueño de una cosa sobre lo que ésta produzca o se le incorpore natural o artificialmente
Lo que se une a lo principal o de ello depende
No esencial. Contingente, causal.
En Derecho procesal es la facultad de acudir a los Tribunales y recabar una decisión. En penal el acto humano típico o conducta constitutiva de delito. En mercantil es la parte o porción en que se divide el capital de una compañía o sociedad.
Es la nacida de la letra de cambio, bastante para obtener se despache ejecución en juicio ejecutivo.
Facultad de lograr una medida de seguridad o cautela. Como por ejemplo un embargo preventivo.
La que corresponde a una persona para exigir judicialmente sus derechos de índole privada.
La que pretende crear, modificar o extinguir una relación jurídica, a través de la actuación del órgano jurisdiccional.
La que se ejercita ante un juez o un Tribunal pretendiendo que se imponga al demandado una obligación de hacer o no hacer.
La que corresponde a los dueños de los predios colindantes para establecer el límite de sus propiedades.
Aquella mediante la cual se persigue la comprobación o fijación de una situación jurídica, declarándose el derecho controvertido.
Tiende a la realización de actos concretos para la imposición de sanciones determinadas, de índole penal (pena), o civil (imposiciones y ejecuciones forzosas). Su ejercicio requiere la existencia de un título ejecutivo
La que nace del derecho real de hipoteca para la realización del crédito sobre los bienes hipotecados
Lo que se concede al acreedor para impugnar los actos que el deudor haya podido realizar en fraude de su derecho.
La que dimana del derecho real de prenda.
Aquella que puede utilizar cualquier ciudadano para impugnar un acto lesivo para el interés general. No es necesario invocar la lesión de un derecho, ni un interés legítimo.
La tendente a adquirir o conservar la posesión de una cosa, o a recobrar la posesión perdida. Se denomina también acción interdictal por utilizarse a través del procedimiento de los interdictos
La nacida de los llamados derechos reales (dominio, posesión, servidumbres, hipoteca, etc.).
Es la misma quanti minoris, correspondiendo al comprador contra el vendedor por vicios ocultos de la cosa vendida
Acción real destinada a recuperar la cosa perdida por su propietario, frente al poseedor no propietario
La que permite rescindir los contratos por causa de lesión o fraude para alguna parte
Tiende a obtener la ineficacia de un contrato, por la concurrencia de determinadas circunstancias previstas por los contratantes.
Los acreedores después de haber perseguido los bienes que estén en posesión del deudor para realizar cuanto se les debe pueden ejercitar todos los derechos y acciones de éste con el mismo fin, exceptuando los que sean inherentes a su persona
Acción de favorecer o inclinarse a unas personas más que a otras por algún motivo o afecto particular, sin atender al mérito o a la razón.
Persona que acepta una letra de cambio, prometiendo abonar su importe a su vencimiento.
Derecho de acrecer. La facultad que tiene cada uno de los coherederos llamados conjuntamente, sin atribución de partes, de hacer suya la cuota del coheredero que no quiere o no puede aceptar la herencia
Sujeto activo de una obligación. El que tiene derecho a pedir el cumplimiento de una obligación.
Relación escrita, en la que se hace constar un hecho, una obligación, un juicio, etc.
Tienen por objeto acreditar y fijar hechos notorios, sobre los cuales quepa fundar o declarar derecho, con intervención notarial.
Decisión emanada de autoridades administrativas en el ejercicio de sus funciones, que afecta a derecho, deberes, interés de los administrados.
Serán reputados actos de comercio los comprendidos en este Código y cualesquiera otros de naturaleza análoga.
Comparecencia de las partes ante la autoridad judicial con la finalidad de evitar un litigio.
Hecho voluntario que crea, modifica o extingue relaciones de derecho, conforme a éste.
Acción de oposición por parte del dueño del predio dominante al disfrute de una servidumbre no reconocida. Desde este acto empieza a contar la prescripción para la adquisición de servidumbres negativas.
El realizado espontáneamente por una persona, que implica una actitud. No se puede ir válidamente contra los actos propios en perjuicio de tercero.
Persona que demanda en un proceso. Demandante.
Persona encargada de levantar actas. En el ámbito jurisdiccional se denominan secretarios, y en el extrajurisdiccional notarios.
Reunión de acciones o de autos (juicios), compatibles por su objeto, y susceptibles de ser resueltos en el mismo procedimiento por sentencia única.
Acción y efecto de acusar. Petición ante la jurisdicción penal de que se castigue el delito cometido por una o más personas
Delito consistente en imputar falsamente ante funcionario administrativo o judicial, a alguna persona hechos que de ser ciertos, constituirían delito o falta de los que dan lugar a procedimiento de oficio-
Persona a quien se le acusa en un proceso penal.
El que ejercita la acción penal al lado del Ministerio Fiscal.
Aquel que sostiene la acusación en procesos por delitos privados, como la calumnia, injuria, en los cuales no procede la acusación del Ministerio Fiscal.
El que acusa en nombre de la ley, esto es, el Ministerio Fiscal.
Principio que informa el proceso penal, en virtud del cual sólo puede seguirse el mismo, a instancia del acusador público (Ministerio Fiscal), particular, o privado solicitando condena. Retirada la acusación no puede continuar el proceso.
Dicho de un juez o de un Tribunal: que se recurre a él frente a una resolución de otro juez o tribunal inferior. Que marca el final de un periodo de tiempo, de un proceso, etc..
Utilizar, por quien no lo había interpuesto, el recurso entablado por la parte contraria.
Aceptación de la herencia por parte del heredero testamentario legítimo.
Asignar y entregar a una persona los bienes que le corresponden, por ley, testamento o convenio.
Gestión patrimonial de bienes dejados por el difunto hasta la definitiva adjudicación a los acreedores (Art. 1.026 del CC).
Gestión patrimonial de bienes del quebrado para atender a su conservación y productividad durante la tramitación del proceso universal de quiebra.
Persona sometida a la administración del Estado.
Fase inicial en los recursos en la que, apreciando aspectos de forma o motivos exigidos, se decide si ha o no lugar a la substanciación del mismo.
Acto jurídico solemne que crea la ficción legal de considerar padres e hijos a quienes no lo son por naturaleza, estableciendo una apariencia de filiación cuasilegítima.
Incorporación al patrimonio de una persona de todo o parte de los bienes de otra en virtud de testamento o disposición legal, por causa de la muerte.
Autenticar y dar por cierto un documento.
Sujetar un bien al cumplimiento de una obligación.
Dícese de las posesiones o rentas sujetas a alguna carga u obligación.
Obligarse a pagar la obligación de otro para el caso de que éste no cumpla.
Parentesco que por matrimonio se contrae entre el varón y los parientes consanguíneos de la mujer, y entre ésta y los parientes consanguíneos de aquél.
La persona que goza de fuero rigiéndose por reglas jurídicas especiales.
Sentencia o dicho que recoge una verdad o regla de derecho.
Beneficio que se obtiene del cambio de la moneda, o de descontar letras, pagarés, etc. Especulación con fondos públicos. Especulación abusiva hecha sobre seguro, con perjuicio de tercero.
Circunstancias que aumentan la responsabilidad penal al denotar una mayor peligrosidad o perversidad en el autor de un delito. Comprendidas en el CP, además de las específicas previstas para delitos concretos.
Apelar de la sentencia que causa agravio o perjuicio.
Ofensa o perjuicio.
Prohijar o adoptar al hijo ajeno.
Persona encargada por el testador de ejecutar y cumplir su voluntad testamentaria
Nombrado por el Juez en ausencia de albacea testamenario en el juicio abintestato (art. 966 LEC)
Facultad de obrar y de decidir por propia voluntad. Nombre que se da a la costumbre jurídica no escrita.
Contrato por el que una de las partes o ambas recíprocamente se obligan ha dar o hacer alguna cosa en equivalencia de lo que la otra parte a de dar o hacer para el caso de un acontecimiento incierto o que ha de ocurrir en tiempo indeterminado.
Dicho del interesado o de su abogado: Argumentar oralmente o por escrito, hechos y derechos en defensa de su causa.
Escrito en el cual el abogado expone las razones que sirven de fundamento al derecho de su representado, impugnando a las de la parte contraria.
Escrito, llamado ahora de conclusiones, en el cual, con el resultado de las probanzas, mantenían los litigantes sus pretensiones al terminar la instancia.
Cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando medios, modos o formas en la ejecución que tiendan directa y especialmente a asegurarla, sin riesgo para su persona que proceda de la defensa que pudiera hacer el ofendido
Parte contenida exactamente cierto número de veces en un todo.
Artículos que componen un contrabando.
Todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, según la posición social de la familia, así como la educación del alimentista, y que son debidos entre determinados parientes
Conformidad con la petición contenida en la demanda por parte del demandado.
Delito consistente en la entrada en casa ajena contra la voluntad de su habitante.
Venta de muebles en pública subasta al mayor postor .
Dar o tomar en arrendamiento alguna cosa. Se refiere especialmente a predios urbanos, animales, vehículos y muebles.
Registrar, descubrir la agua subterráneas sacarlas a la superficie.
Recurso ante órgano superior inmediato.
Intimidación a otro con causarle un mal a su persona, honra, familia o propiedad, que es delito o falta según su entidad.
Supresión de los efectos y sanción de determinados delitos por disposición legal. La disposición legal que la otorga suele determinar los tipos de delitos a los que se aplica.
Acto de señalar con mojones los linderos o límites de una heredad (arts. 484 y ss del Código Civil). De árboles (art. 593 del Código Civil). Prescripción (art. 1965 Código Civil)
Redimir o extinguir el capital de un censo, préstamo u otra deuda. Recuperar o compensar los fondos invertidos en alguna empresa. Suprimir, por considerarlos innecesarios, empleos o plazas vacantes en una institución pública o empresa privada.
Recurso constitucional, para la protección de derechos y libertades reconocidos en la Constitución.
Método por el que un determinado precepto extiende su aplicación a campos no comprendidos en él, con el que guarda una especial relación.
Reprobación pronunciada por autoridad eclesiástica, seguida de excomunión.
Intención, voluntad.
Intención festiva, de jugar, de bromear. Impide tomar en serio la declaración de voluntad, que no produce el nacimiento de una obligación ni es punible por la simple manifestación verbal.
Ánimo de lucro.
Intención de narrar, referir o testificar. Priva de su carácter inmoral al relato en que se reproducen ajenas expresiones o actitudes contra el decoro cuando se trata de juzgarlas.
Deseo de matar.
Propósito de dañar o perjudicar. Se produce no sólo en la evidente o violenta violación del orden jurídico a través del dolo, el fraude, la simulación y los delitos contra personas y cosas, sino en la modalidad de ejercitar ciertos derechos.
Voluntad de recibir lo que otro se propone dar o entregar.
Asiento provisional que se hace en el Registro de la Propiedad , o en cualquier otro registro público, para asegurar el cumplimiento de resoluciones judiciales con la eficacia de cualquier derecho real, que no puede ser inscrito definitivamente.
Fecha anticipada de algún documento, o la fecha falsa de algún escrito anterior a la verdadera.
Fórmula de tratamiento correspondiente a una persona o entidad que se pone antes de la firma en la carta o escrito que se le dirige.
Contrato en virtud del cual el acreedor tiene derecho a percibir los frutos de una cosa, generalmente inmueble, del deudor, con la obligación de aplicarlos al pago de los intereses y a la amortización del capital.
Contradicción real o aparente entre dos leyes o entre dos pasajes de una misma ley.
Facultad de dejar sin efecto un acto jurídico, que adolece de determinados vicios o defectos, que está produciendo sus efectos, mientras no se interese su anulación.
Dejar sin efecto una ley, tratado, contrato o acto.
Contrato en virtud del cual una persona aporta una cosa y otro la industria o trabajo para obtener un beneficio que reparte proporcionalmente entre los interesados.
Se denomina así la servidumbre cuya existencia es apreciable a la vista.
Desistir formalmente de la acción o recurso que se entabló.
Recurso de parte agraviada por resolución judicial ante Juez. Pueden ser en ambos efectos (devolutivo y suspensivo), o en un solo efecto (el devolutivo) cuando no se suspende la ejecución de la resolución recurrida.
Declarar ser pasado el término en que el apelante debió acudir a sostener su recurso.
Actualmente suele aplicarse a la petición incidental previa en que el apelante o el apelado solicitan del Tribunal superior que extienda o no al efecto suspensivo la apelación admitida en primera instancia.
Litigante favorecido por la sentencia apelada.
El que apela.
Corrección disciplinaria que consiste en anotar una infracción al culpable y que en caso de que se repita dará lugar a una sanción más grave.
Supuesto o fingido.
Copia de un escrito original.
Elogio o alabanza de hecho delictivo.
Mandamiento de autoridad en virtud del cual se compele a una persona a que haga o cumpla una cosa.
Los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos o cualquier otra cosa mueble recibida en depósito, comisión o administración, u otro título con obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido
Se emplea para designar aquellas actuaciones judiciales que constan por acta unida al mismo expediente de que se trate.
Tarifa oficial que determina los derechos que han de devengarse por actuaciones de algunos funcionarios, o de servicios administrativos o judiciales.
Forma de dirimir conflictos mediante el sometimiento de los interesados a la decisión de un tercero.
Acto a proceder contrario a la justicia, la razón o las leyes dictado sólo por la voluntad o el capricho.
Derechos o impuestos con que se arbitran fondos para gastos públicos, por lo general municipales.
Facultad discrecional que tiene el Juez para decidir sobre casos y extremos no determinados expresamente por la ley. Como en la apreciación de las pruebas.
Cabida de un barco. Recuento de dinero, papeles y efectos existentes en caja.
El que tiene posesiones o bienes raíces.
Lo que se da en prenda o señal de cumplimiento de un contrato.
Circunstancia atenuante del CP. Para su presencia no basta cualquier excitación momentánea, sino que precisa cierta entidad de perturbación de ánimo, que precipite a otrar sin reflexión.
Contrato por el que una de las partes se compromete, mediante precio, a que la otra se obliga a prestarle o procurar a ésta el uso o goce temporal de una cosa, o prestarle temporalmente sus servicios o hacer por cuenta de ella una obra determinada.
O de empresa, cuando comprende una unidad patrimonial en funcionamiento susceptible de ser inmediatamente explotada, o pendiente para serlo de meras formalidades administrativas.
Una parte se obliga a prestar a otra un servicio por precio cierto (Art. 1.544 del CC).
Cuando una persona adquiere una cosa para cederla a un tercero por tiempo determinado y precio. A su terminación el arrendatario puede optar por devolverla o adquirirla por un valor residual
Aquellos en virtud del cual una parte cede a otra el disfrute de una finca rústica o de alguno de sus aprovechamientos, mediante precio, canon o renta.
Cesión del uso de vivienda o local de negocio a cambio de renta.
Circunstancia atenuante del CP. Concretada en haber procedido el culpable antes de conocer la apertura de procedimiento judicial a reparar o disminuir los efectos del delito. A dar satisfacción al ofendido o a confesar a las autoridades la infracción.
Acto de prender a una persona y privarla del uso de su libertad.
El tribunal podrá autorizar al reo a que cumpla en su domicilio el arresto menor.
Proponer medios de prueba, o preguntas para litigantes o testigos.
Cada una de las disposiciones numeradas de un tratado, de una ley, de un reglamento, etc...
Cada uno de los que al final de una ley regulan la implantación, alcance y vigencia de ella.
Se dice de aquellos actos realizados por personas que se encuentran en peligro de muerte.
Cuestiones de carácter incidental que deben decidirse antes de pasar al examen del asunto principal.
Medidas provisionales adoptadas por el juez para conservar los bienes objeto de un proceso durante la duración de este.
Por edad avanzada de testigo, peligro inminente de su vida, proximidad de una ausencia a lugar de difícil comunicación, u otro motivo poderoso, podrá pedirse posiciones o información testifical antes del juicio.
Se dice del juramento en virtud del cual se afirma la verdad de alguna cosa presente o pasada.
Acción de dar muerte a una persona concurriendo alguna circunstancia agravante prevista en el CP siempre que no constituya parricidio.
El que se realiza en el libro diario del Registro de la Propiedad en el momento de la presentación de título, determinando día y hora.
Inscripción o anotación en un registro Público
Persona a quien se asigna la herencia o legado.
Acción y efecto de asociarse. Persona jurídica formada por el conjunto de asociados.
Las contrarias a la moral pública, las que tengan por objeto cometer algún delito, las prohibidas por la autoridad competente y las que se constituyeren sin haber cumplido los requisitos exigidos por la ley.
Acto de oír un juez o tribunal a las partes y testigos para decidir los pleitos y causas. Tribunal de Justicia Colegiado.
Lo que se concede al que hubiese permanecido en constante rebeldía, en determinados casos, con el fin de poder atacar lo dispuesto en sentencia firme.
Tribunal jurisdiccional colegiado con sede en la capital, constituida por una sala de la penal y otra de la contencioso-administrativo creada por real decreto de 4 de enero de 1977 para el conocimiento de determinados asuntos.
Órgano jurisdiccional colegiado con sede en cada provincia que juzga causas penales graves y apelaciones en materia civil de Tribunales inferiores.
Acto de audiencia jurisdiccional al que puede asistir cualquier persona
Autorizar o legalizar un acto o documento revistiéndolo de formalidades para su validez.
Resolución judicial motivada, cuando decida recurso contra providencias, cuestiones incidentales, presupuestos procesales, nulidad de procedimiento o cuando a tenor de las leyes de enjuiciamiento haya de revestir esta forma.
El que impide la continuación del pleito o deja resuelta alguna de sus cuestiones litigiosas, aunque sea dictado incidentalmente.
El que decide asunto del procedimiento durante el juicio.
Sujeto activo del delito. Se consideran autores los que toman parte directa en la ejecución del hecho, los que fuerzan o inducen a otros a ejecutarlo, los que cooperan en la ejecución del hecho con un acto sin el cual no se hubiera efectuado.
Se dice de aquella cuestión o litigio que ha sido resuelto definitivamente, sin posibilidad de recursos ni de nuevo planteamiento.
El que han de prestarse recíprocamente los diferentes órganos judiciales de los diferentes territorios para la práctica de diligencias, a través de los correspondientes exhortos
Acción y efecto de tasar o justipreciar alguna cosa.
Convenio o conformidad entre las partes sobre punto litigioso. Conclusión de acto de conciliación con acuerdo entre las partes.
Atraer o llamar para sí el tribunal Superior de oficio la causa de la que está conociendo el inferior.
Forma de accesión de un trozo de terreno arrancado de una propiedad por la fuerza de las aguas y llevado a otra propiedad
Principio, sentencia que no necesita demostración alguna por su evidencia.
Cesación o suspensión que hace un comerciante, u hombre de negocios, de su giro o tráfico, sin pagar sus deudas. Mercantilmente, quiebra o bancarrota son sinónimos, aunque la voz técnica sea sin duda aquélla y no ésta.
Asiento que ocupan los reos en las salas del Tribunal.
Cuantía establecida por la ley según los regímenes y la categoría profesional, en función de la cual se calcula la cotización a la Seguridad Social.
Cantidad expresiva de una capacidad económica determinada, sobre la que se calcula el pago de tributos.
Resultado de practicar sobre la base imponible las reducciones establecidas por la ley para cada tributo.
Cifra que, con base en la retribución y en el tiempo de cotización, determina la cuantía y la duración de las prestaciones de los beneficiarios de la seguridad social.
Declaración de que el poder es suficiente, para actuar en un asunto concreto como apoderado de otra persona. En juicio, es preciso que un Letrado declare que es bastante el poder con el que actúa el procurador.
Quien goza de un territorio, predio o usufructo recibido por gracia de otro superior, al cual reconoce. Persona a quien beneficia o favorece contrato de seguro, especialmente de los llamados de vida.
El concedido por la ley al heredero para diferir la adición o repudiación de la herencia hasta que se haya hecho el inventario.
Derecho que asiste al fiador para pedir que el acreedor se dirija en primer término contra los bienes del deudor principal, cuyo embargo y venta judicial debe pedir antes de dirigirse contra el que dio fianza.
Derecho concedido al heredero para aceptar la herencia a condición de que el activo sea superior al pasivo, de forma que no se hará cargo de las deudas de la herencia, más que hasta donde cubran los bienes de la misma.
Medidas que, articuladas como derechos en el marco penitenciario y con el fin de facilitar la reeducación y la reinserción social del recluso, permiten la reducción de la duración de la condena o el adelantamiento de la libertad condicional.
Son todos aquellos elementos del mundo exterior a las personas, que de una manera directa o indirecta sirven para satisfacer sus diferentes necesidades y tiene como denominador común o nota esencial, un valor, representado, en consecuencia, una riqueza
Son los bienes que deja una persona al morir sin disponer de ellos por medio de testamento válido.
Los que dependen de otros, o a ellos están adheridos.
Los que el hijo de familia, sometido a la patria potestad, adquiere por su trabajo y también los que no le vengan por razón o causa del padre.
Los libres de todo gravamen o prestación señorial.
Los sujetos a colación, ya por voluntad del testador, ya por mandato de la ley, a fin de asegurar el respeto de las legítimas, que pueden ser alterados por donaciones intervivos, a favor de otro heredero forzoso.
Los que pertenecen a un municipio u otra entidad local y están destinados al aprovechamiento de sus vecinos.
Aquellos cuyo uso y disfrute pertenece a todos los hombres, sin que pueda atribuirse particularmente a ninguna persona. En Derecho Civil, son también los que integran una comunidad de bienes, atribuidos proindiviso a varias personas.
Los que estaban situados en el territorio jurisdiccional de alguna autoridad eclesiástica, y se hallaban, por tal motivo, exentos de ciertas contribuciones.
Los heredados de los abuelos.
Los destinados al uso o servicio público. Los que pertenecen privativamente al Estado, sin ser de uso común, y están destinados a algún servicio público o al fomento de la riqueza nacional.nacional.
Aquellos bienes muebles en que cualquiera de la especie equivale a otro de la misma cantidad y en igual cantidad; como dos ejemplares de una misma edición.
Los que adquieren por título común, lucrativo u oneroso, el marido y la mujer durante el matrimonio y mientras viven juntos.
Todos aquellos sobre los cuales pesa un derecho real (servidumbre, censo, usufructo, uso o habitación).
Los que deja una persona al morir y pasan a ser propiedad de sus herederos, sean éstos testamentarios o legítimos.
El que se encuentra en condominio, lo que sucede cuando pertenece a dos o más personas sin individualización de la parte material o concreta que corresponde a cada una de ellas.
Bienes que el deudor conserva, por encontrarse fuera de la ejecución y exentos de toda medida de seguridad. Tiene servicio prohibitivo expreso, es de carácter restrictivo y ha de estar dispuesta su exclusión por ley.
Los que no se pueden transportar de una parte a otra sin su destrucción o deterioro.
Los libres de cargas.
Los que son objeto de un litigio o pleito.
Los muebles o semovientes que se encuentran perdidos o abandonados sin saberse de su dueño.
Los que por oposición a los inmuebles se caracterizan por su movilidad y posibilidad de traslación, y ciertos derechos a los que las leyes otorgan esta condición.
Bienes sin dueño.
Los privativos de la mujer casada. "Son parafernales los bienes que la mujer aporta al matrimonio sin incluirlos en la dote y los que adquiere después de constituida ésta sin agregarlos a ella".
Los de un municipio o entidad local menor no afectados al uso común de los vecinos sino a producir rentas patrimoniales.
Constituye sinónimo de bienes inmuebles.
Se denominan así los bienes hereditarios, los dejados por el difunto.
Los heredados bajo precepto legal de que pasen después a otra persona en casos determinados.
Las cosas que se mueven por sí mismas, como los animales.
Los que en las sucesiones, muerto sin descendencia el causante, no pasan al heredero ordinario, sino que requieren persona de la línea o familia de donde procedan.
Los que no tienen dueño conocido.
El que estando casado, a sabiendas contrae con otra persona otro matrimonio civil, sin haber disuelto el primero. En Derecho Penal, el delito que comete una persona cuando contrae nuevo matrimonio sin haber sido disuelto el anterior.
Hace referencia a la existencia de dos partes en una relación. Situación propia de las obligaciones recíprocas, en la cual varias personas se sitúan en dos planos diferentes con prestaciones que se corresponden.
Figura del derecho internacional, por medio de la cual se expresa una situación de incomunicación que se coloca a un determinado territorio con finalidades bélicas, económicas o políticas.
Anotación preventiva que tiene un plazo de vigencia limitado (60 días) y cuya finalidad es la de garantizar el ingreso a los Registros Públicos de un futuro titulo durante dicho plazo, no aceptándose otro durante su vigencia.
La convicción o creencia que una persona tiene respecto de ser el titular de un derecho, el propietario de una cosa, o de que su conducta está ajustada a la ley.
Pérdida de un derecho subjetivo por el transcurso del tiempo establecido en la ley para ejercitarlo. Extinción de la instancia judicial porque las dos partes abandonan el ejercicio de la acción procesal.
Presunción legal de abandono de la acción entablada o del recurso interpuesto cuando los litigantes se abstienen de gestionar la tramitación de los autos. Terminación de un proceso por falta de actividad de la instancia.
En el procedimiento criminal la calificación del delito motiva el escrito de calificación o escrito de conclusiones que el Ministerio fiscal, el acusador privado, si lo hay, y la defensa formulan al ser elevada la causa a plenario.
Apreciación, examen, comprobación de la legalidad de los títulos y documentos que se presentan en el Registro de la Propiedad, y que hace el registrador antes de proceder al asiento o inscripción de aquellos.
Designación que realizan los órganos de la Administración Pública sobre el destino específico de los distintos territorios.
La falsa imputación de un delito de los que dan lugar a procedimiento de oficio.
Cantidad que paga periódicamente el censatario al censualista. Precio del arrendamiento rústico de un inmueble.
Hecho o arreglado según los sagrados cánones u otros preceptos eclesiásticos. Correspondiente a la Iglesia y a sus autoridades. Regulado por la legislación eclesiástica.
La más ancha de las vías pecuarias establecidas para los ganados trashumantes. Al ocuparse de la servidumbre legal de paso, el Código Civil determina que la anchura máxima de la cañada será de 75 metros.
Aptitud o idoneidad que se requiere para ejercer profesión, oficio o empleo, para contratar, disponer por acto entre vivos o por testamento, suceder, casarse y realizar la generalidad de los actos jurídicos
Aptitud para ejercer personalmente un derecho y el cumplimiento de una obligación .
Aptitud legal para ser sujeto de derechos y obligaciones.
Cantidad de dinero que se presta, se impone o se deja a censo sobre una o varias fincas, sobre todo cuando es de alguna importancia. Hacienda, caudal, patrimonio.
El que realmente ha sido suscrito por los socios.
Determinar la cuantía del capital que corresponde a un interés o renta.
Convenio otorgado por los cónyuges, al objeto de regular el régimen económico del matrimonio.
En materia de investigación criminal, y por orden del juez u otra autoridad competente, la confrontación de los testigos o acusados que se contradicen en sus declaraciones, para averiguar mejor la verdad.
Conjunto de normas que ha de aplicar el juzgador en el momento de fallar, para determinar, no qué parte ha de probar un hecho, sino cuál de ellas habría tenido que probar el hecho que no aparece probado.
Gravámen impuesto sobre bienes inmuebles, quienquiera que sea el poseedor de estos.
Conjunto de deudas que gravitan sobre un patrimonio.
Formalidad requerida para el despido , en la cual el empresario comunica por escrito al trabajador la causa que lo motiva y la fecha.
Despacho que se expide para citar o emplazar a alguien ante un tribunal o autoridad.
En la compraventa, cláusula que incluye una facultad de retroventa.
Concesión discrecional a un extranjero de la nacionalidad de un país sin necesidad de requisitos determinados.
Instrumento público o privado donde el acreedor confiesa haber recibido del deudor la cantidad que le debía.
Poder para pleitos y otros fines.
Documento que es título legal del contrato de transporte terrestre.
Documento por el cual un acreedor conmuta parcialmente una deuda.
Despacho o título que se daba a alguien para que fuese reconocido como vecino de un municipio
Despacho derogatorio de una exención, franqueza o privilegio.
Comunicación dirigida por autoridad judicial a tribunales o jueces inferiores.
Acción de casar o anular. Nombre que recibe el recurso extraordinario, destinado a la anulación de sentencias de los tribunales inferiores por defectos de forma, infracción de ley o doctrina legal.
Punto a debate o cuestión litigiosa.
Aquellos sucesos que no pueden preverse; o que, previstos, fueran inevitables. En Derecho Penal el caso fortuito constituye circunstancia eximente de la responsabilidad en los delitos o faltas.
pena que se impone a quien ha cometido un delito o falta
Es el Registro público que contiene la cantidad, calidad y estimación de los bienes poseídos por cada vecino, para servir de base en el repartimiento de contribuciones.
Precaución, cautela. Caución es sinónimo de fianza, que cabe constituir obligando bienes o prestando juramento.
Lo perteneciente a la herencia o lo que con ella se adquiere; el conjunto de bienes que quedan al fallecimiento de una persona y constitutivos de su patrimonio.
Proceso criminal que se instruye de oficio o a instancia de parte.
La que se origina en la liberalidad, por oposición a la conmutativa u onerosa.
La que implica conmutación de prestaciones.
Sucesor jurídico de una persona o sea quien ha adquirido una propiedad o un derecho de otra persona que a su vez se llama causante.
Calificación que se otorga en Derecho Penal a determinadas circunstancias eximentes de responsabilidad, cuando el autor del delito carece de la inteligencia o voluntad.
Dícese de las medidas de precaución que pueden adoptarse en el proceso judicial, al objeto de garantizar el resultado del mismo, paliando las consecuencias de su duración. Tal es el caso del embargo preventivo.
Una de las partes del contrato de cesión. La cesión es aquel contrato por el cual una parte transmite a otra un derecho. Sólo dura un año la responsabilidad del cedente de buena fe cuando se haya hecho responsable de la solvencia...
Documento por el cual se dirige un llamamiento, por orden del juez o tribunal, para que una determinada persona concurra a una diligencia judicial.
Documento que fija un plazo para que los litigantes comparezcan en juicio o hagan uso de un derecho que les corresponde
Documento emitido por la Administración acreditando la aptitud de un inmueble para su ocupación.
Documento que acredita la titularidad de un crédito hipotecario, emitido por banco oficial, o por particulares con intervención notarial.
Documento oficial que expresaba el nombre, profesión, domicilio y demás circunstancias de cada indivíduo.
Escrito simple a que se remitía el testador, para que fuese reputado y cumplido como parte integrante del testamento, según la legislación anterior al Código Civil.
Derivado o perteneciente a censo. Es el censal una especie de censo. Institución del Derecho catalán, conocida también en Aragón y Navarra, parecida al censo consignativo del Derecho común.
El que paga la pensión, canon o réditos en el derecho real del censo.
Para el Código Civil se "constituye el censo cuando se sujetan algunos bienes inmuebles al pago de un canon o rédito anual en retribución de un capital que se recibe en dinero, o del dominio pleno o menos pleno que se transmite de los mismos bienes"
Es consignativo el censo cuando el censatario impone sobre un inmueble de su propiedad el gravamen del canon o pensión que se obliga a pagar al censualista por el capital que de éste recibe en dinero"
El Código Civil lo define así: "Es enfitéutico el censo cuando una persona cede a otra el dominio útil de una finca, reservándose el directo y el derecho a percibir del enfiteuta una pensión anual en reconocimiento de este mismo dominio".
El que se paga en frutos.
"Es reservativo el censo cuando una persona cede a otra el pleno dominio de un inmueble, reservándose el derecho a percibir sobre el mismo inmueble una pensión anual que debe pagar el censatario"
Asegurar, afirmar. Hacer cierta una cosa, dando constancia por escrito.
Abandono que el deudor hace de todos sus bienes ante el Juez competente, para que con el importe de aquéllos sean pagados sus acreedores hasta donde alcance el patrimonio del deudor a cubrir los créditos.
. Cuando se venda un crédito litigioso, el deudor tendrá derecho a extinguirlo reembolsando al cesionario el precio que pagó, las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio des- de el día en que éste fue satisfecho.
La persona a cuyo favor se hace la cesión de bienes, el traspaso de un crédito o la transmisión de cualesquiera otros derechos.
Quien hace cesión de bienes.
Documento que permite al librador retirar en su provecho o en el de un 3º todos o parte de los fondos que tiene disponibles en poder del librador (art. 534 del Código de Comercio)
El emitido a la orden es transmisible por endoso.
Aquél que lleva, además de la firma del librador, la de la entidad bancaria librada, la cual se obliga así directamente al pago.
Aquel en cuyo anverso se indica, entre dos líneas diagonales paralelas, el nombre del banco donde ha de hacerse efectivo.
Institución civil impuesta por un juez para suplir la falta de capacidad de obrar de determinados sujetos, bien por su minoría de edad o por su prodigalidad
Instrucciones que dicta la Administración determinando los criterios de actuación de los funcionarios
Son aquellas que aumentan la responsabilidad criminal.
Son aquellas que disminuyen la responsabilidad por el delito cometido.
Aquellas particularidades de la acción o de la omisión que imprimen, al acto definido como delito, cierto carácter que lo justifica o que determina la impunidad del agente.
Diligencia en virtud de la cual se convoca a una persona para que acuda a un determinado acto, judicial o extrajudicial.
Es la que tiene efecto por el juez, a instancia de parte, cuando el comprador es turbado o perjudicado en su derecho sobre los bienes adquiridos.
La que se realiza en el juicio ejecutivo concediendo al demandado la posibilidad de oponerse a la ejecución
Comprende el conjunto de personas que disfrutan de haberes de los entes públicos, en atención a los servicios prestados por los mismos, su cónyuge o determinados familiares, con motivo de jubilación, fallecimiento o invalidez.
Disposición contenida en contrato, testamento o convenio en orden a particularidades específicas del mismo.
Cláusula que no suele ser de esencia en el contrato ni arranca de la naturaleza del mismo y que convienen los contrayentes, de manera secundaria, así como el consignar después de fijado el precio de una venta.
Se pone en los testamentos declarando nulo a todo testamento que se otorgue posteriormente. No tienen valor actualmente, pues todas las disposiciones testamentarias son revocables.
La establecida por las partes para obligarse a someter a árbitros las divergencias originadas con ocasión del cumplimiento de un contrato, de la interpretación de un testamento o de cualquier otro asunto jurídico que a ellas solas ataña.
En su sentido lato es la que deja sin efecto un acto o disposición anterior.
La que se refiere al objeto y circunstancias determinativas de la naturaleza y efectos del acto de que se trata.
Es la que consigna los datos comunes a toda clase de escrituras; como nombres de los otorgantes, vecindad, conocimiento de los mismos por el notario autorizante o por los testigos, intervención de éstos, etc.
Estipulación en las obligaciones de una sanción, generalmente pecuniaria, que sustituye, salvo pacto en contrario, a las indemnizaciones por incumplimiento o retardo.
Estipulación que se establece en un acto jurídico, en virtud de la cual un acontecimiento futuro o el transcurso de un plazo determinado dejará sin efecto total o parcialmente el contenido de dicho acto.
Estipulación que se establece en un contrato o en un testamento, por la que se suspenden inicialmente sus efectos hasta que se produzca un determinado suceso incierto.
Poder legítimo del derecho para imponer su cumplimiento o prevalecer sobre su infracción.
Antiguamente, y hoy en Cataluña, toda disposición de última voluntad que no contiene la institución del heredero y que puede otorgarse en ausencia de testamento o como complemento de él. Documento en que se contienen tales disposiciones.
Colección sistemática de leyes.
Presión ejercida sobre alguien para forzar su voluntad o su conducta. Represión, inhibición, restricción.
Fiador junto con otro u otros; el que en unión con alguno o algunos se hace responsable solidariamente de la deuda del principal obligado.
Es la parte del proceso judicial destinada a reconstruir o probar los hechos que se alegan por las partes.
Delito que comete el funcionario público que recibe dádivas o promesas para la realización de algo o abstenerse de hacerlo.
Heredero en unión de otro u otros; o sea, el que es llamado junto con alguno más a la sucesión de una herencia.
Obligación de los herederos forzosos, que concurren con otros, de aportar a la masa hereditaria liberalidades recibidas del causante para que los otros coherederos participen, en caso de disponerlo el testado o para computar legítimas y mejoras
Pariente consanguíneo que no son entre sí ni ascendientes ni descendientes en línea recta unos de otros, como los hermanos o los primos, y que por su calidad ostentan ciertos derechos en materia de sucesiones y tutela.
Dícese de los predios contiguos entre sí.
Mandatario especial del juez, que actúa en las quiebras como delegado unas veces, como informante otras y como interventor de la labor del depositario provisional y luego de los síndicos o administradores de la masa de la quiebra.
Institución de derecho comunitario que ejerce el poder ejecutivo en la Unión Europea.
Situación de una persona que, con autorización de la autoridad correspondiente, presta sus servicios transitoriamente fuera de su puesto habitual de trabajo.
Situación de una persona que, con autorización de la autoridad correspondiente, presta sus servicios transitoriamente fuera de su puesto habitual de trabajo.
Mandato conferido al comisionista, sea o no dependiente de quien le apodera. Retribución de esta clase de mandato.
Mandato conferido al comisionista, sea o no dependiente de quien le apodera. Retribución de esta clase de mandato.
Comunicación oficial de un Juez o Tribunal a una autoridad judicial extranjera para que ejecute un acto de instrucción u otra diligencia.
Comunicación oficial que un juez o tribunal dirige a una autoridad judicial extranjera, para que ésta ejecute un acto de instrucción o practique otra diligencia.
Válido, obligatorio o subsistente durante tiempo determinado; o lo aplazado o diferido hasta cierta fecha.
Contrato de préstamo por el cual una de las partes entrega gratuitamente a otra una cosa no fungible para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva .
Situación de muerte conjunta o simultánea de dos o más personas, que puede tener trascendencia de cara a la sucesión.
Presentarse físicamente ante el Juez o Tribunal para llevar a cabo un acto procesal, sea espontáneamente o por llamado del Juez.
Acto de personarse en un procedimiento judicial, para ostentar la calidad de parte, bien personalmente, bien a través de abogado o procurador, en los casos exigidos por la Ley Procesal.
Atribución, potestad, actitud para conocer una autoridad de un determinado asunto.
El que, sin ser autor, coopera a la ejecución de un hecho delictivo por actos anteriores o simultáneos.
Arreglo o convenio entre varias personas.
Contrato en virtud del cual uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto en dinero, o signo que lo represente.
Convenio que celebran dos o más partes para someter sus diferencias a juicio arbitral.
Examen de dos o más documentos, comparándolos entre sí.
La persona que tiene en común con otra un derecho o una cosa; especialmente, una heredad o hacienda.
Hay comunidad de esta clase cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece proindiviso a varias personas.
Negocio jº donde la Administración cede a una persona facultades privativas sobre el dominio público o la gestión del mismo en un plazo determinado y con ciertas condiciones.
Acto por el cual las partes que tienen planteado un conflicto, comparecen para intentar solucionar y transigir sus diferencias, previamente al comienzo de la contienda judicial.
Resumen que el abogado realiza antes de finalizar el proceso analizando las pruebas que se han practicado en el mismo
Acuerdo mediante el cual un hombre y una mujer, ambos libres de matrimonio, deciden hacer vida conyugal, sin casarse.
Quebrantar una ley, obligación o principio.
Es el juicio universal promovido contra el deudor cuando no cuenta con medios suficientes para pagar todas sus deudas.
Situación producida cuando a una misma acción se le pueden aplicar dos o mas preceptos legales y se resuelve la aplicación de uno solo de ellos.
Beneficio de no cumplir la condena privativa de libertad, que se concede a quienes delinquen por primera vez si no delinquen de nuevo dentro de un cierto plazo.
Disposición accesoria de las resoluciones judiciales por las que se impone a alguno de los litigantes la obligación de pagar las costas del juicio.
La que de hecho o de derecho se opone a la naturaleza de las cosas.
La que depende de la voluntad del interesado y que es lícita en las sucesiones.
La que motiva la ineficacia del contrato.
Aquella que suspende el cumplimiento de la obligación o la efectividad posible de un derecho, hasta que se verifique, o no, un acontecimiento futuro o incierto.
La que aunque expresamente no se ponga se entiende virtualmente puesta.
La renuncia gratuita de un crédito. Perdón o remisión de una deuda u obligación.
Medio de prueba consistente en el interrogatorio de una de las partes del proceso
El reo que ha declarado su delito. Se puede tener por confeso al litigante civil que persiste, luego de la advertencia del juez, en su negativa a declarar o en reiterar las expresiones evasivas con respecto a las preguntas hechas.
Expropiación de todos o la mayor parte de los bienes de una persona
El que se produce entre Juzgados y Tribunales de distinto orden jurisdiccional, por considerarse competentes o incompetentes, para el conocimiento de un determinado asunto y que se resuelve por una Sala especial del TS
Concurrencia de dos o más normas de Derecho positivo cuya aplicación o cumplimiento simultáneo resulta imposible o incompatible.
Se producen entre órganos jurisdiccionales y administrativos, por considerarse competentes o incompetentes para el conocimiento de un determinado asunto.
Adecuación de lo concedido en una sentencia con las peticiones concretas de las partes, que en ningún caso pueden otorgar más de lo pedido.
Sustitución. Aplicado a las penas, cambio por otra menos grave.
Indulto parcial que altera la naturaleza del castigo en favor del reo.
Confabulación o acuerdo para realizar una determinada acción.
Sentencia, auto o decreto, contra el cual no se interpone ningún recurso dentro del término de ley o expresamente se manifiesta conformidad con él.
Razonamientos que justifican la parte dispositiva de una resolución o disposición. Antencedente y fundamento del fallo de las sentencias judiciales.
En Derecho Mercantil es la remisión de efectos de una persona a otra, que se denomina consignatario. En Derecho Civil es el depósito que, en forma legal, hace el deudor, respecto de la cosa debida, cuando el acreedor no quiere o no puede recibirla
Norma suprema del ordenamiento jurídico que regula la organización y funcionamiento de los órganos del Estado y garantiza los derechos y las libertades de los ciudadanos.
Aquello que se rige por la costumbre. Se dice del Derecho no escrito.
Se dice del delito en el que el culpable ha realizado todos los actos de ejecución produciéndose como resultado el delito.
Asunto que está sujeto a juicio. Se aplica a la jurísdicción decisoria de conflictos surgidos entre partes, con intereses opuestos, en contraposición a la jurísdicción voluntaria que es aquella en la que no hay contradicción.
Asuntos sometidos a conocimiento y decisión de los tribunales en forma de litigio entre partes que estén pendientes de un procedimiento administrativo. Se dice de los asuntos de que es competente esta jurisdicción.
Escrito en el que el demandado evacúa el traslado de la demanda y da respuesta a ésta.
Acuerdo de voluntades entre dos o más personas obligándose a dar, hacer, o no hacer alguna cosa.
Contrato en el que una de las prestaciones consiste en un hecho fortuito o eventual; ej. Contrato de seguro.
El que hace nacer obligaciones recíprocas entre las partes.
Contrato bilateral en que las prestaciones recíprocas son determinadas y en este sentido se contrapone al contrato aleatorio.
El que se perfecciona por el solo consentimiento.
El que a cambio de una remuneración, obliga a un profesional o a un empresario a promover, y en su caso concluir, de forma continuada operaciones de comercio por cuenta y nombre ajenos.
El que obliga a ceder temporalmente un determinado bien a cambio de una participación en los beneficios generados en su explotación.
Compromiso de someter a la decisión de uno o varios árbitros la solución de una controversia presente o futura, que obliga a cumplir la resolución arbitral e impide conocer a los jueces y tribunales.
El que tiene por objeto concertar un negocio de carácter mercantil por cuenta ajena, siempre que alguno de los contratantes tenga la condición legal de comerciante.
Préstamo de uso, con la obligación de devolver la cosa prestada en un determinado plazo.
El que obliga a cada una de las partes a facilitar o promover, a cambio de una comisión, la celebración de un determinado contrato entre la otra parte y un tercero.
Acuerdo destinado a procurar la guarda y custodia de una cosa mueble ajena, que impone a quien recibe dicha cosa la obligación de devolverla en cuanto lo requiera la persona que hizo la entrega.
Convención mutua en virtud de la cual se obliga el dueño de una cosa mueble o inmueble, a conceder a alguien el uso y disfrute de ella por tiempo determinado, mediante cierto precio o servicio que ha de satisfacer el que lo recibe.
El que obliga a dos o más personas a poner en común dinero, bienes o servicios, para la consecución de un fin común, normalmente lucrativo.
El celebrado por los representantes de los empresarios y trabajadores, para la regulación de las condiciones de trabajo de un determinado sector.
El que han de establecer los cónyuges en la separación o divorcio de común acuerdo, sobre el cuidado de los hijos, vivienda familiar, contribución a las cargas y alimentos, liquidación cuando proceda del régimen económico del matrimonio, y pensión.
Cualquiera de los esposos con relación al otro.
Condominio. Comunidad. Existe cuando una cosa pertenece en común a varias personas, a las que corresponde sin dividir, esto es, proindiviso.
Profesional que interviene en los actos y contratos del comercio para dar fe de los mismos
Efecto que el ordenamiento jurídico atribuye a una sentencia firme y que impide volver a plantear de nuevo el mismo litigio.
Conjunto de gastos que ocasiona un proceso judicial.
Fuente del Derecho que consiste en las prácticas consuetudinarias y tradicionales que se observan en las relaciones sociales.-
El examen que se hace de dos escritos comparándolos entre sí, para determinar si ambos son iguales.
Deuda que uno tiene a su favor o el documento que la justifica; en este sentido, en todo crédito existe un deudor y un acreedor.
Especialista en Derecho Penal.
Documento en el cual el contador partidor o los herederos en su defecto realizan el inventario, avalúo y distribución de los bienes relictos entre los distintos herederos.
La que formula el tenedor de la letra impagad, incluyendo lo gastos ocasionados, frente a los responsables.
Las formuladas por Letrados y Procuradores para reclamar los honorarios de procedimientos judiciales y que tienen tratamiento privilegiado al acceder directamente a la ejecución, al ser título ejecutivo.
Conjunto de Magistrados o de funcionarios que integran un organismo con facultades de decisión.
Es un medio de defensa que se opone a la acción penal, por la cual se pone a conocimiento que falta un requisito de procedibilidad
Aquellas de carácter civil, administrativo, mercantil, canónico, internacional, etc, propuestas en una causa criminal, e íntimamente ligadas con el hecho a enjuiciar, y de influencia definitiva en el mismo.
Infracción de ley cometida libremente y sin malicia, por alguna causa que pudo y se debió evitar.
Principio general de los sistemas penales por el que de forma subjetiva se determina la idoneidad criminal del delincuente y su capacidad para asumir la responsabilidad del delito cometido.
Relativo a la culpa. Se aplica a aquellos delitos en los que está ausente el dolo, esto es, cometidos por imprudencia y con ausencia de malicia.
Cantidad de dinero que corresponde pagar a un sujeto pasivo como consecuencia de la aplicación de un tributo.
La que corresponde al cónyuge viudo en la herencia de su consorte.
Voz forense que en los Tribunales y Juzgados se acostumbra usar, para expresar con ella el acto por virtud del cual se pone a una persona en posesión de determinada cosa.
Entrega de una cosa corporal equivalente al cumplimiento de una obligación.
Detrimento o disminución de valor derivada del incumplimiento de una obligación.
Lesión sufrida por una persona de carácter afectivo y no patrimonial, y cuya indemnización es procedente en Derecho.
Son daños el mal sufrido por una persona, u ocasionado en una cosa, a causa de una lesión que realce directamente sobre ellas; y perjuicios la ganancia cierta que ha dejado de obtenerse.
Hacer constar los actos y hechos jurídicos para que tengan valor legal.
Documentos, indicios o testimonios en que se apoya alguna cosa.
Palabras que designan a una persona que ha muerto y ha dejado una herencia.
De hecho.
De derecho.
Controversia o discusión de carácter jurídico.
Deuda, obligación.
Se aplica al juramento que presta la parte en procedimiento civil al absolver posiciones en la práctica de la prueba de confesión, de forma que cuanto manifieste hace plena no obstante cualquier otra prueba.
Acción y efecto de declarar. Manifestación que se hace para comunicar un hecho o explicar un asunto.
Situación jurídica derivada de la desaparición de una persona de su domicilio sin noticias, cuando ha sido declarada por el Juez.
Situación jurídica constituida por la declaración judicial respecto de personas desaparecidas en determinadas circunstancias y durante los plazos prevenidos en el Código Civil.
Procedimiento judicial dirigido a obtener la declaración y determinación de personas que deben heredar para el caso de fallecimiento sin testamento.
La decretada judicialmente a instancia de los parientes del presunto incapaz, que tienen derecho a sucederle abintestato, o bien por el Ministerio Fiscal, y que es previa a la tutela.
Declaración de incapacidad mediante sentencia, de quien pone en injustificado peligro la situación patrimonial familiar determinando la sentencia los actos prohibidos al incapacitado en cuanto se trata de una incapacidad relativa
Determina la situación procesal de quien no ha comparecido en tiempo y forma en proceso civil, a través de la correspondiente resolución judicial que la declara.
Cuestión de competencia que puede proponerse ante el Tribunal que se estima incompetente, pidiéndole que se separe del conocimiento del asunto y remita los autos al que se tiene por competente .
Confiscación de los medios o efectos del delito constituye una pena accesoria, en perjuicio del delincuente, y en beneficio del Estado, cuando no procede la restitución de tales objetos al propietario.
Acto emanado del Poder Público que se refiere al modo de aplicación de las leyes. Resolución del Juez de mero trámite.
El que puede utilizar el Gobierno para dictar normas en materia delegada por las Cortes, sobre materias que no necesiten ser reguladas por ley orgánica.
Delegación expresa y especial del Poder legislativo, ante circunstancias excepcionales, a favor del Poder ejecutivo.
Conjunto de actos encaminados a salvaguardar los intereses legítimos implicados en un proceso.
Persona que toma a su cargo la defensa de otra en un proceso judicial, civil o penal.
Sentencia que decide un juicio en lo principal.
Cesión, abandono de bienes y derechos.
Acción o efecto de delegar. Otorgamiento de representación. Facultad que un juez o tribunal concede a una persona para que, en su nombre, conozca de un asunto o intervenga en un trámite del mismo.